💸👀 ¡Entérate! ¿Habrá aguinaldo para adultos mayores que reciben pensión en Tijuana este 2024?

El pago de la pensión para adultos mayores que realiza el gobierno federal se realizará en los próximos días de noviembre 2024 en Tijuana ¿Incluye aguinaldo?

Jesús Gabriel
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Aguinaldo para pensionados Tijuana
Crédito: Freepik.com/Freepik

El pago de aguinaldo es una prestación innegable e indispensable de todos los trabajadores en México. Son 15 días de salario por cada año trabajado el pago que todo trabajador debe recibir como aguinaldo 2024 en Tijuana. Pero, ¿los adultos mayores jubilados y pensionados pueden recibirlo?

Los pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) sí tienen acceso al aguinaldo cada año.

El aguinaldo no es acumulativo, por lo que el cálculo es independiente de los años de antigüedad en la empresa. Sin embargo, el aguinaldo puede incrementarse si se obtiene un aumento salarial durante el último año.

¿Habrá aguinaldo para beneficiarios de la pensión del gobierno en 2024?

El pago de la pensión para adultos mayores que realiza el gobierno federal se realizará en los próximos días de noviembre 2024 por orden alfabético.

Este corresponde al último depósito del año y consta de 6 mil pesos mexicanos; sin embargo no habrá ningún pago extra ni de aguinaldo como parte de este programa social.

Autoridades también informaron que los adultos que cumplan 65 años hasta el próximo 31 de diciembre todavía pueden realizar su registro para recibir su pensión.

Esto debes hacer si no te pagan tu aguinaldo en Tijuana en tiempo y forma

El aguinaldo es una prestación protegida por la ley, las empresas que no lo pagan o que liquiden después del 20 de diciembre, pueden recibir una multa. Esta penalización puede imponerse por cada empleado afectado y no exime al empleador de cumplir con el derecho.

Para reclamar este derecho, los trabajadores afectados deben comunicarse de inmediato con la comunicándose a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) o bien denunciando a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).

Esta es una prestación que ni el trabajador puede rechazarla ni el empleador puede negarla, tampoco se puede cambiar por especie o por otros regalos.

Lo que sí está permitido es que adicionalmente al monto que se paga en dinero, las empresas puede que obsequien como extra, canastas navideñas, bonos, alimentos etcétera, aunque tampoco existe una obligación legal de hacerlo. ¿A ti qué te darán?

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